Todo Sobre el Decreto de Obligatoriedad de Inmunología Covid-19 en Costa Rica

Octubre 28, 2021

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Decreto de Obligatoriedad de Inmunología Covid-19 en Costa Rica
El pasado 28 de septiembre, la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología aprobó el decreto de obligatoriedad de inmunología o vacunación contra el Covid-19 para todos los funcionarios del sector público en Costa Rica. No obstante, dejó a criterio del patronado del sector privado aplicar dicha obligatoriedad a sus empleados que deseen incorporar la vacunación como obligatoria en sus centros de trabajo.

Este decreto se considera luego del gran aumento de casos de coronavirus o Covid‑19 que ha ocasionado la muerte de más de 6.900 costarricense, siendo la cifra más elevada de muertes registradas en nuestra historia en tiempos modernos debido a una sola causa. Y, aunque en los últimos días, los nuevos casos de contagios han bajado, se siguen reportando más de 500 personas con Covid-19 a diario.


Ahora bien, la postura del Gobierno Nacional, el Ministerio de Salud, la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) y la Cruz Roja Costarricense se unifica pensando en tratar de contener los contagios en el sector productivo del país, que comienza a levantarse después de un largo confinamiento, donde el talento humano hace frente a nuevos escenarios y modalidades para sostener la economía de nuestro país luego del duro golpe de la pandemia, por lo que, a través de este decreto de obligatoriedad de inmunología contra el Covid-19, se aprobó directamente para los funcionarios públicos y que, da luz verde a aquellos patronos del sector privado para que lo apliquen a los trabajadores de su plantilla nominal.

¿Cómo Está Facultado el Sector Privado para Aplicar el Decreto de Obligatoriedad de Inmunología Contra el Covid-19?

Dentro del decreto de obligatoriedad de inmunología contra el Covid-19 se indica que "será responsabilidad del patrono tomar las medidas correspondientes de acuerdo con la legislación del país y la normativa institucional, en el caso de los trabajadores que no quieran vacunarse contra el Covid-19".

En tal sentido, el patrono está en su voluntad, dentro de sus disposiciones internas laborales como empleador, el determinar el cumplimiento de dicho decreto en su núcleo de trabajo, lo que refiere a que, si usted como trabajador del sector privado se niega a dar cumplimiento al requerimiento de recibir la vacunación contra el Covid-19, podría ser despedido sin responsabilidad laboral por parte de su patrono.

Trabajadores en Fila Cumplen Decreto de Obligatoriedad de Inmunología Covid-19 en Costa RicaConsiderando lo anterior, se debe tener claro que la medida busca contener al Covid-19 y sus variantes que son altamente contagiosa y que afectan en gran manera a la población, independientemente si hace vida laboral en el sector público o privado de nuestro país, por lo que, acceder a la vacunación es un paso positivo para contenerla y bajar los índices de mortandad en la población.

Es importante recordar lo que reza el Artículo 46 del Código Civil de Costa Rica: "Toda persona puede negarse a ser sometida a un examen o tratamiento médico o quirúrgico, con excepción de los casos de vacunación obligatoria o de otras medidas relativas a la salud pública, la seguridad laboral y de los casos previstos en el artículo 98 del Código de Familia (…)". De acuerdo con este artículo, existen accesiones que obligan al Ejecutivo implementar decretos de obligatoriedad de inmunología o vacunación en casos que afecten a la salud pública, y la evidencia de los daños ocasionado por la pandemia del coronavirus es una excepción a dicho artículo, por lo que se debe proceder a la vacunación como medida de seguridad de la salud pública nacional.

¿Cuáles Serían mis Derechos Laborales si Decido No Vacunarme?

Son muchos los temas que giran en torno a la vacunación, pero es indispensable entender que la situación actual es un problema de salud pública, y cuando una persona decide incumplir con el decreto de obligatoriedad de inmunología contra el Covid-19, puede afectar a su entorno colectivo. En tal sentido, de aplicarse la obligatoriedad de inmunología contra el coronavirus en el sector privado, los trabajadores que se nieguen a vacunar contra la Covid-19 serían despedidos sin responsabilidad patronal.

Por consiguiente, si usted decide no vacunarse, pondría en riesgo su estabilidad laboral, ya que su empleador podría sancionarle o amonestarlo en primera instancia, ya que está facultado a exigir el cumplimiento de protección sanitaria, en este caso, su certificación de vacunación contra el Covid-19. Y si continúa en su postura de negación de dar cumplimiento a la obligatoriedad de inmunología contra el Covid-19, le advertirían sobre su posible despido sin responsabilidad patronal y, por último, el patrono podría decidir el término de su contratación sin las obligaciones laborales que establece el Código de Trabajo en lo que concierne a las causales de despidos en Costa Rica.


Cabe mencionar que, más allá de una exigencia patronal, se trata de un tema de salud pública nacional y, con el decreto de obligatoriedad de inmunología contra el Covid-19, se trata de buscar la manera más efectiva para contener la pandemia por el coronavirus y evitar volver a las restricciones que debilitan a la economía y productividad del país.

Disposiciones Legales Referidas en el Código de Trabajo en Caso de Obligatoriedad de Inmunología

Dentro del Código de Trabajo de Costa Rica se exponen diversos temas de regulación directa en torno a la parte sanitaria del trabajador, como lo refiere el Artículo 71 inciso f) que señala la obligación que tienen los trabajadores de someterse a examinación médica para verificar sus condiciones de salud que descarte la posibilidad de tener una enfermedad contagiosa o incurable. Sin embargo, con la reforma integral que señala la Ley General sobre el VIH, está obligación fue derogada.

Trabajador Se Niega a Cumplir Decreto de Obligatoriedad de Inmunología Covid-19 en Costa RicaPor su parte, se encuentran vigentes los Artículos 214 y 284, que obligan al patrono a dar seguimiento a las disposiciones de salud ocupacional, y en el Artículo 285, señala la obligación que tienen los empleados de someterse a ella; por tanto, se contempla la acción sancionatoria al empleado que incumpla con el decreto de obligatoriedad de inmunología contra el Covid-19 por entorpecer con los lineamientos propuestos para reducir la propagación del coronavirus en los ambientes de trabajo.

En relación con lo anterior, queda en evidencia la necesidad de aplicar esta normativa sanitaria que refiere el decreto de obligatoriedad de inmunología contra el Covid-19, y a su vez, se aplica la orden de aislamiento sanitario en caso de que un trabajador haya sido contagiado de coronavirus.

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